DEFICIENCIAS Y ANOMALÍAS DEL SEGURO DE INCENDIO CONTRATADO POR LOS BANCOS PARA CRÉDITOS HIPOTECARIOS.
- El deudor no obtiene certificado de cobertura.
- El deudor no posee una póliza.
- No sabe la cobertura.
- No sabe el monto asegurado, deducibles, exclusiones (circular 3321 bancos y 1758 SVS 6/07/2005 Numero 1 letra b )
- No cobra siniestros.
- El siniestro lo tramita el banco.
- La indemnización la cobra el banco.
- El monto asegurado rige por el total a/f del banco.
- El banco cobra una prima anual, en muchas ocasiones superior de lo que cobra un corredor Tradicional.
- No se cumplen varias de las indicaciones impartidas en las circulares que lo regulan.
- El deudor no tiene control de la póliza.
- En el caso que el Deudor sea una empresa y tome para otros o para sí misma, esta no descuenta IVA
- La mayoría de los dividendos está con Cargo Cuenta Corriente, por tanto no tiene información de cuánto corresponde al seguro.
- No se le informa que siempre tiene el derecho a tomar y entregar una póliza particular en un principio del crédito o tomarlo después en cualquier momento, con la Cía. y Corredor de seguros de su elección.
- En el caso de la póliza de Incendio el contrato es anual, al cliente no se le avisa de modificaciones en la renovación , sobre todo en los aumentos de primas.
- Algunos Bancos aumentan la cobertura y por ende la prima, sin autorización del deudor ,hacia otros bienes que no tienen estricta relación con el Seguro Hipotecario, según lo explicitan la mayoría de las escrituras.
- Según la ley el Corredor debe asesorar al contratante y al asegurado por toda la vigencia de la póliza y en especial ante la ocurrencia de un siniestro, NO OCURRE.Ya que el ejecutivo que atiende al cliente no sabe nada de seguros.