GLOSARIO

AACH : Asociación de Aseguradores de Chile.

Adicional : Cobertura de riesgos que no son parte de la cobertura base pero que han sido considerados bajo estipulación expresa.

Asegurado: Persona que queda libre del riesgo. En sentido estricto es la persona sobre cuyas características individuales recae la cobertura del seguro. En sentido amplio, asegurado es quien suscribe la póliza con la compañía, comprometiéndose al pago de las primas estipuladas y teniendo derecho al cobro de las indemnizaciones que se produzcan a consecuencia de siniestros cubiertos.

Asegurador: Persona jurídica que toma sobre su cuenta el riesgo que corren los bienes de terceros.

Beneficiario: Persona designada en la póliza por el asegurado o contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho documento se establecen.

Certificado de Cobertura: Certificado formal que acredita una serie de antecedentes sobre las condiciones de un seguro, vigencia, cobertura, prima, intermediario , Cia. de Seguros, comisiones etc.. y que cada deudor hipotecario debiera tener.

Cobertura: Son los riesgos y la extensión de estos, que un asegurador se compromete a cubrir bajo una determinada tipo de póliza.

Código de Deposito: Numero que asigna la SVS a una determinada póliza o adicional.
Compañía de Seguros: Asegurador.

Contratante: Persona que suscribe con una compañía de seguros una póliza o contrato de seguro. Generalmente esa persona coincide con la del asegurado.

Corredor de Seguros: Profesional independiente dedicado integramente al asesoramiento e intermediacón de Seguros. Es nombrado por la SVS después de pasar una prueba de concimientos, tener intachables antecedentes comerciales y acreditar la contratacion de pólizas de Garantia y Responsabilidad Civil para el resguardo de los asegurados. La función principal es asesorar al proponente, contratante, asegurado , beneficiario, deudor hipotecario desde ante de la contratación de la póliza , ofreciendole las mejores alternativas para su necesidad, durante la vigencia de la póliza y especialmente en el momento de la ocurrencia de un siniestro. Intermedia normalmente en varias Cías. del mercado asegurador chileno.

Crédito Hipotecario: Préstamo que otorgan Instituciones Financieras acreditadas para la compra de un bien raiz, generalmente a largo plazo.

Deducibles: Suma fija y/o porcentaje que se deducirá de la indemnización que se deba pagar al asegurado.

Denuncia :En la terminología aseguradora se utiliza esta palabra habitualmente para referirse a la demanda de indemnización que el asegurado plantea al asegurador.

Desgravamen :Para el tema hipotecario el propósito es el Seguro de Desgravamen , que en caso de fallecimiento del deudor, la compañía de seguros cancele al banco el saldo insoluto de la deuda de la vivienda, para que esta quede completamente pagada.

Deudor Hipotecario: Es aquella persona natural o juridica que es poseedora de la deuda surgida de un credito hipotecario.

Dividendo: Cuota a pagar , generalmente mensual, por el pago del credito hipotecario.

Exclusiones: Riesgos y/u objetos señalados en las condiciones generales y/o particulares de las pólizas, los cuales no serán cubiertos por el seguro.

Hipoteca: es un derecho de garantía y de realización de valor, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación pago de un credito sobre un bien, generalmente inmueble.

Inalterabilidad: Clausula que no permite modificación alguna dentro de la vigencia de una poliza , excepto por el que se constituye como asegurado, es propia de las exigencias del banco hacia el deudor hipotecario que ejerce la facultad de entregar pólizas particulares.

Indemnización: Es la suma que pagará el asegurador al asegurado en caso de un siniestro cubierto por la póliza.

Infraseguro: Situación en que se encuentra un bien que ha sido asegurado en un valor menor al que realmente tiene.

Inhabitabilidad: Cobertura que se extiende a desombolsar los gastos que ocasione el no poder habitar una vivienda, producto de un riesgo amparado por la póliza.

Monto Asegurado: Valor atribuido por el contratante a los bienes cubiertos por la póliza y cuyo importe es la cantidad máxima que el asegurador pagará en caso de siniestro.

Póliza: Es el documento justificativo del seguro en el cual se vierten las coberturas y otras condiciones contratadas a través de las propuestas.
Documento que instrumenta el contrato de seguros, en el cual se reflejan las normas que en forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre asegurado y asegurador.

Prima : Es el precio del seguro. Aportación económica que ha de hacer el contratante o asegurado a la compañía en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgos que esta le ofrece.

Proponente: Persona que suscribe con una compañía de seguros una póliza o contrato de seguro.

Propuesta : Documento donde se especifican además de los datos y antecedentes básicos del asegurado, las condiciones de cobertura contra los riesgos que quedará protegido el objeto asegurado, las tasas, y la prima del seguro. Dará origen a la póliza y formará parte integrante del contrato.

Riesgo: Es aquello por lo que el asegurador se hace cargo en el momento de la ocurrencia.
Riesgos de la Naturaleza: Propios de la Naturaleza especificados en el adicional correspondiente.
Riesgos Politicos: Propios de saqueo, huelga , desorden popular especificado en el adicional correspondiente.
Rotura de Cañerias: Daños materiales a consecuencia de la rotura especificados en el adicional correspondiente.

SBIF: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Seguro : Desde el punto de vista de los riesgos, destaca el principio de transferencia, al señalarse que mediante el pago de una prima, el asegurado es quien queda libre de ellos y el asegurador quien los asume.

Siniestro: Daños o pérdidas sufridos en el objeto asegurado, los que pueden ser totales o parciales. Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce unos daños garantizados en la póliza hasta determinada cuantía.

Sobreseguro: Situación en que se encuentra un bien que ha sido asegurado por un valor superior al que realmente tiene.

SVS: Superintencia de Valores y Seguros.

Tasa: Porcentaje o tanto por mil que se aplica sobre el monto asegurado para obtener la prima.

Tasación: Valor especifico en dinero de una propìedad, terreno u otros.

Terremoto/Sismo: Riesgo natural en muchas ocasiones de tipo catastrófico.

Tsunami/maremoto: Riesgo Natural en muchas ocasiones de tipo catastrófico/maritimo.

Vigencia: Determina la fecha en que los riesgos comienzan a correr por cuenta del asegurador y la fecha en que termina la responsabilidad del mismo. Salvo estipulación expresa en la póliza, los seguros terminan a las 12:00 hrs. del día de vigencia final.